Coordinación de tarifas

Acuerdo Marco entre el Gobierno Vasco, La Diputación Foral de Bizkaia, el Ayuntamiento de Bilbao y el Consorcion de Transportes de Bizkaia para acometer actuaciones en materia de coordinación de tarifas del transporte público de viajeros.

MANIFIESTAN:

La puesta en marcha del ferrocarril metropolitano de Bilbao ha supuesto un cambio para el servicio público de transportes de viajeros en Bizkaia, originando una oportunidad para la vertebración e integración de los servicios. Por otra parte, la oferta actual de carretera a través de Bilbobus y Bizkaibus ha alcanzado unos niveles de calidad que se han convertido en referencia para sucesivas extensiones del servicio. Por último, hay que tener en cuenta el plan estratégico en el que se encuentra inmerso EuskoTren y que será determinante para el desarrollo del negocio. Este nuevo marco presenta la oportunidad de realizar una serie de actuaciones inmediatas que permitan mantener los niveles de eficiencia deseados para el sistema global, de forma que los recursos comprometidos en la financiación de la explotación garanticen el nivel inversor necesario en las nuevas infraestructuras.

La potenciación del transporte público requiere evolucionar hacia la coordinación de los sistemas tarifarios existentes a través de actuaciones concretas que garanticen un principio de coordinación en materia tarifaria y beneficien a los usuarios de los servicios de transporte. Dicha coordinación se ha de enmarcar dentro de las tendencias que en materia de títulos y tarifas existen en el sector del transporte público de viajeros.

Por todo ello, con el fin de conseguir los objetivos de eficacia y eficiencia en lo referente al servicio y a los recursos financieros comprometidos, y como paso previo a futuras actuaciones coordinadas, las Administraciones intervinientes:

ACUERDAN

PRIMERO.- COORDINACIÓN TARIFARIA

  1. Como inicio de la coordinación en este área se establecerá una tarjeta de crédito o prepago común a todos los operadores. Cada uno de ellos mantendrá su propio sistema tarifario -títulos, zonas y tarifas-, permitiendo la utilización de esta tarjeta en sus elementos de cancelación. La tarjeta se denominará CREDITRANS. El CREDITRANS permitirá la despenalización de los transbordos. La misma se iniciará cuando en todos los operadores se permita la utilización de este título. En el período de transición hasta alcanzar ese estadio, los usuarios deberán cancelar en todos los servicios establecidos. Así mismo, en este período el nuevo título convivirá con los títulos vigentes a sustituir. El plazo para la puesta en funcionamiento del CREDITRANS con despenalización de los transbordos será el mínimo indispensable para la resolución de los problemas que de índole técnico existen.
  2. La gestión del título se realizará de forma centralizada por el Consorcio de Transportes de Bizkaia, que lo emitirá y distribuirá entre los distintos operadores. Este proceso se pondrá en marcha siempre y cuando resulte de aplicación en el ámbito de los contratos-programa suscritos, en función de la voluntad de las partes y no requiera una compensación económica adicional para los operadores.
  3. Las Instituciones interesadas -Gobierno Vasco, Diputación Foral de Bizkaia y Ayuntamiento de Bilbao- así como los Departamentos de Intervención de cada una de ellas podrán realizar en todo momento cualquier control y validación sobre la gestión de los títulos realizada por el Consorcio de Transportes. A tal fin las Instituciones constituirán una Comisión o Ponencia para actuar conjuntamente en el seno del Consorcio. Esta se denominará Comisión de Coordinación y Control del Transporte.
  4. A partir de la firma de este acuerdo, se revisarán los sistemas de cancelación existentes, determinando las necesidades de los operadores en esta materia, contratando y adecuando los mismos para el funcionamiento del CREDITRANS.
  5. Para conseguir la coordinación con los operadores dependientes del Ministerio de Fomento, se formalizarán los necesarios acuerdos para implantar en sus servicios el CREDITRANS, permitiendo al mismo tiempo, el cumplimiento de las obligaciones y objetivos fijados en sus relaciones con el Estado.
  6. El Consorcio de Transportes de Bizkaia suscribirá los acuerdos necesarios con los distintos operadores para la puesta en marcha del nuevo título de conformidad con lo establecido en este documento y en el trabajo previo realizado en la Comisión de Coordinación. A tal fin las Instituciones autorizarán a los operadores de transporte a suscribir los acuerdos necesarios con el Consorcio.

SEGUNDO.- NEGOCIACIÓN CON OPERADORES

A partir de la firma del presente acuerdo se autoriza a la Comisión de Coordinación Tarifaria, formada por: el Concejal Delegado de Circulación y Transportes del Ayuntamiento de Bilbao, el Director de Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia, el Director de Transportes del Gobierno Vasco, el Director-Gerente del Consorcio de Transportes de Bizkaia y las personas que ellos nominen, para la elaboración, presentación y negociación de los planes correspondientes a la puesta en marcha del CREDITRANS con los distintos operadores.

Tras la adopción de este acuerdo se notificará a los operadores el contenido del mismo en el plazo de una semana.

TERCERO.- MARCO FINANCIERO DEL PERIODO DE REALIZACIÓN DE ACTUACIONES

  1. Durante el período de definición y realización de las actuaciones descritas, la financiación de los déficits de explotación y de la inversión se seguirá cubriendo, en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con los contratos-programa existentes, por cada una de las Administraciones afectadas.
  2. Asimismo las inversiones necesarias en los operadores para la coordinación tarifaria serán asumidas de la siguiente forma: las de TCSA BILBOBUS, por el Ayuntamiento de Bilbao; las de los operadores de BIZKAIBUS, por la Diputación Foral de Bizkaia; las de EuskoTren, por el Gobierno Vasco; y las de Metro Bilbao, por el Consorcio de Transportes de Bizkaia de acuerdo a los porcentajes de financiación aplicados en la actualidad -50% el Gobierno Vasco y 50% la Diputación Foral de Bizkaia-.
  3. El resultado económico derivado de la gestión del CREDITRANS por el Consorcio se imputará a las Instituciones participantes o al operador que ellas nominen en función de las cancelaciones válidas certificadas en su ámbito competencial. Este resultado podrá ser positivo o negativo en función de los costes e ingresos asociados a la actividad. Los costes a imputar serán los correspondientes a la adquisición de los títulos y a los servicios exteriores necesarios. Los ingresos corresponderán a la gestión financiera del saldo, al control de los periodos de validez del título y a la publicidad recogida en el título.

La inversión necesaria para la puesta en marcha de la actividad se aplicará al resultado del primer ejercicio, imputándose a las Instituciones u Operadores, de acuerdo al criterio de las cancelaciones establecido.

Y en prueba de conformidad firman el presente Acuerdo Marco en Bilbao, a once de junio de mil novecientos noventa y siete.

- EXCMO. SR. D. JOSÉ ANTONIO MATURANA  Consejero de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco.

- EXCMO. SR. D. JOSU BERGARA  Diputado General Diputación Foral de Bizkaia y Presidente del Consorcio de Transportes de Bizkaia.

- EXCMO. SR. D. JOSU ORTUONDO  Alcalde del Ayuntamiento de Bilbao.

- ILMO. SR. D. CARLOS GARCÍA CAÑIBANO  Viceconsejero de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco.

- ILMO. SR. D. MARTIN MARTINEZ  Diputado de Transportes Diputación Foral de Bizkaia.

- SR. D. PEDRO BARREIRO  Concejal del Ayuntamiento de Bilbao.

- SR. D. EUKENI LARRONDO  Gerente del Consorcio de Transportes de Bizkaia.